PRONUNCIAMIENTO
La CAMARA NACIONAL DE TURISMO DE NICARAGUA (CANATUR) y la ASOCIACION NICARAGUENSE DE INVERSIONISTAS Y DESARROLLADORES (ANID), en relación al pronunciamiento emitido la semana pasada por la sociedad ESCAMECA GRANDE sobre los sucesos recientes en playa Escameca, San Juan del Sur, hacen del conocimiento de la opinión pública lo siguiente:
I
Expresamos nuestra preocupación por la construcción de casetas ilegales en la zona costera de uso público. Estas casetas ya se han construidos en Escameca, El Yankee, Majagual, el Remanso y Maderas, a la vista y paciencia de las autoridad municipales y de policía de la zona.
Ha sido ampliamente reportado por los medios de comunicación el daño que estas construcciones ilegales han causado en la zona de Escameca, donde los invasores han amenazado, quemado bienes de propiedad privada, etc. Todo esto a pesar que los dueños de Escameca tienen una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que expresa que ese tipo de construcciones es ilegal y que las autoridades municipales no pueden autorizarlas.
II
Consideramos que el cumplimiento estricto de la Constitución Política y las leyes de la República de Nicaragua, son las bases fundamentales para el desarrollo del país y el mejoramiento de los niveles de vida de todos los nicaragüenses.
III
CANATUR Y ANID hemos contribuido con el país al participar en la consecución de una norma consensuada sobre las regulaciones de las zonas costeras: la Ley 690, Ley Para el Desarrollo de las Zonas Costeras, aprobada, publicada y en vigencia desde el año 2009.
La referida ley establece claramente en su Art. 19 los usos que pueden darse en la Zona Costera de Uso Público, prohibiendo las construcciones permanentes en dichas zonas. Cualquier tipo de permiso otorgado para construcciones permanentes en esta área contraviene la ley y carece de validez, tal y como la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia lo ratificó en Sentencia número 59 dictada a la una y treinta minutos de la tarde del día siete de julio del dos mil dieciséis.
IV
Nuestras organizaciones reconocen la validez de los accesos históricos y la necesidad de planificación y cumplimiento a la Ley 690 para el establecimiento de nuevos accesos a las playas; se quiere dejar claro que en Escameca la Corte suprema de Justicia confirmó que no existe ningún acceso histórico.
V
Hacemos un llamado a las autoridades correspondientes para que la Alcaldía de San Juan del Sur cumpla con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia y revoque los permisos otorgados y cooperar así con los esfuerzos que hacen el gobierno y el sector privado para atraer inversión en el sector turismo en el país.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de marzo del dos mil diecisiete.
CAMARA NACIONAL DE TURISMO DE NICARAGUA (CANATUR)
ASOCIACION NICARAGUENSE DE INVERSIONISTAS Y DESARROLLADORES (ANID)